Con motivo de la entrada en vigor de la nueva normativa que regula el periodo PAC 2023-2027, la condicionalidad que ya se venía aplicando, se ha visto reforzada y además se ha ampliado al ámbito social, es decir, el agricultor además de dar cumplimiento a determinados aspectos agronómicos, también deberá de cumplir una serie de normas relacionadas con las condiciones de trabajo y empleo aplicables o con las obligaciones del empleador derivadas de los actos jurídicos establecidos a tal fin, las cuales intentaré resumir en las siguientes líneas.
¿Qué es la Condicionalidad Social?
La Condicionalidad Social es un mecanismo que vincula el cobro íntegro de determinadas ayudas de la PAC al cumplimiento por parte de los agricultores y demás beneficiarios de una serie de normas básicas en materia de condiciones de trabajo y empleo de los trabajadores agrícolas y de la seguridad y salud en el trabajo, derivadas de determinadas directivas comunitarias, con el objetivo de avanzar hacia una PAC socialmente más sostenible.
¿Quiénes están obligados a su cumplimiento?
Están obligados al cumplimiento de la Condicionalidad Social aquellos beneficiarios de ayudas PAC que reciban:
- Pagos Directos.
- Ayudas al desarrollo Rural.
- Pagos Directos del POSEI.
¿Cuándo empieza a aplicarse?
La Condicionalidad Social comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2024.
¿Qué normas en materia de condiciones de trabajo y empleo de los trabajadores se han de cumplir?
Sin perjuicio de la obligatoriedad de toda la normativa vigente en materia laboral, las personas beneficiarias de las ayudas indicadas, deberán cumplir las disposiciones relativas a empleo, que figuran en el Anexo III del Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
De manera resumida, en materia de condiciones de trabajo y empleo, se deben garantizar unas condiciones laborales transparentes y previsibles:
- Las condiciones laborales deben facilitarse por escrito («contrato de trabajo»).
- Debe garantizarse que el empleo agrícola esté sujeto a un contrato de trabajo.
- El contrato de trabajo debe facilitarse en los primeros siete días de trabajo.
- Los cambios en la relación laboral deben presentarse en forma de documento.
- Período de prueba.
- Condiciones relativas a la previsibilidad mínima del trabajo.
- Formación obligatoria.
¿Qué normas en materia de seguridad y salud en el trabajo se han de cumplir?
Sin perjuicio de la obligatoriedad de toda la normativa vigente en materia laboral, las personas beneficiarias de las ayudas indicadas, deberán cumplir las disposiciones relativas a empleo, que figuran en el Anexo III del Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre.
Para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores, se contempla el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- El deber del empresario de garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Obligación general de los empresarios de adoptar las medidas necesarias para la protección de la seguridad y de la salud, incluidas las actividades de prevención de riesgos, de información y de formación.
- Servicios de protección y prevención: designación de uno o varios trabajadores para asumir las actividades relativas a la salud y la seguridad o contratación de un servicio externo competente.
- Deber del empresario de tomar medidas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.
- Obligaciones de los empresarios en materia de evaluación de riesgos, medidas y equipos de protección y registro y notificación de accidentes laborales.
- Información a los trabajadores sobre los riesgos para la seguridad y la salud y sobre las medidas de protección y prevención.
- Consulta y participación de los trabajadores en relación con todas las cuestiones relacionadas con la seguridad y la salud en el trabajo.
- Deber del empresario de garantizar que los trabajadores reciban una formación adecuada en materia de seguridad y salud.
Así mismo, se han de cumplir los siguientes requisitos en la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo:
- Obligaciones generales para garantizar que los equipos de trabajo son adecuados para el trabajo que deben realizar los trabajadores sin menoscabo de la seguridad o la salud.
- Normas relativas a los equipos de trabajo: deben cumplir cualquier Directiva aplicable y los requisitos mínimos establecidos y ser objeto de un mantenimiento adecuado.
- Comprobación de los equipos de trabajo: comprobación de los equipos tras su instalación y comprobaciones periódicas a cargo de personal competente.
- El uso de equipos de trabajo que entrañen riesgos específicos se limitará a las personas encargadas de utilizarlos y todos los trabajos de reparación, transformación y mantenimiento deben llevarlos a cabo los trabajadores designados.
- Ergonomía y salud en el trabajo.
- Los trabajadores deben recibir información adecuada y, cuando proceda, instrucciones por escrito sobre el uso de los equipos de trabajo.
- Los trabajadores deben recibir una formación adecuada.
¿Cuáles son las consecuencias de incumplir la condicionalidad social?
A todos aquellos beneficiarios de las ayudas indicadas que, a partir del 1 de enero de 2024, hayan incumplido algunas de las obligaciones de la condicionalidad social y que cuenten con una sanción en firme emitida por la autoridad competente, se les aplicará la correspondiente penalización en función de la gravedad, alcance, persistencia, reiteración e intencionalidad del incumplimiento.
¿Qué porcentajes de penalización se impondrán por incumplir la condicionalidad social?
El organismo pagador podrá tener en cuenta las siguientes consideraciones en función de la gravedad, alcance, persistencia, reiteración e intencionalidad del incumplimiento, para determinar el porcentaje de penalización:
- Para aquellos incumplimientos con tipificación leve, el porcentaje de penalización será del 1%. No obstante, cuando el incumplimiento no tenga consecuencias o sean insignificantes se podrá aplicar una penalización del 0% y el incumplimiento no se tendrá en cuenta a efectos de tener en cuenta la reiteración o persistencia del mismo.
- Para aquellos incumplimientos con tipificación grave, el porcentaje de penalización será del 3%. No obstante, cuando un incumplimiento no intencionado constituya un riesgo para la salud pública, se podrá aumentar la penalización hasta el 10%.
- Para aquellos incumplimientos con tipificación muy grave, el porcentaje de penalización será del 5%. No obstante, cuando un incumplimiento no intencionado constituya un riesgo para la salud pública, se podrá aumentar la penalización hasta el 10%.
Cuando el beneficiario sea sancionado en firme por incumplimiento de diferentes obligaciones, las mismas se sumarán de acuerdo con lo indicado en los párrafos anteriores, pero en ningún caso la penalización podrá ser superior al 10 por ciento.
En virtud del artículo 19 del Real Decreto 1049/2021, el organismo pagador podrá no aplicar una penalización a la persona beneficiaria de las ayudas cuando el importe de la penalización sea inferior o igual a 100 euros por año natural.
Normativa que regula la condicionalidad social
- Reglamento (UE) 2021/2115: Artículo 14 (principio y ámbito de aplicación) y Anexo IV (normas de condicionalidad social con arreglo al artículo 14).
- Reglamento (UE) 2021/2116: Artículos 87, 88 y 89 (sistema de control y sanciones administrativas).
- Real Decreto 1049/2022: Título II, Disposición adicional primera y Anexo III.
Pablo Vidal Lozano
Responsable Ayudas PAC
Centro de Asesoramiento Técnico Agrario – Olivarum